El Tribunal de las Aguas de Valencia lleva más de mil años dedicado a solucionar los pleitos que, en torno al agua, acontecen en la huerta de los alrededores de la capital valenciana.
Único en Europa, se trata de un órgano de justicia al servicio de los intereses de los regantes de las acequias de la Vega de Valencia que, independiente de la vía ordinaria de la jurisdicción, tiene la misión de garantizar el buen funcionamiento de los canales de riego comunales que configuran el paisaje cultural agrícola de la ribera del río Turia.
Sus primeras actuaciones se remontan a mitad del siglo X cuando, bajo el reinado de Abderramán III, se estableció como mecanismo para controlar el reparto del agua de ese río, situado en un terreno donde ese recurso era vital para la supervivencia de los agricultores y que sufre sequía en época estival e inundaciones en invierno.
No obstante, su conformación oficial data del 29 de diciembre de 1239, fecha en la que el rey Jaime I donó a los nuevos pobladores de la ciudad de Valencia la gestión de todas las acequias de su término municipal.
Desde entonces, todos los jueves, de once a doce de la mañana, los síndicos de las diferentes acequias se reúnen, en sesión abierta, en la puerta de los Apóstoles de la Catedral de Valencia para dilucidar sobre las denuncias interpuestas entre regantes por temas de agua.
El Tribunal sólo dictamina si el denunciado es culpable o inocente y su decisión, colegiada y de base tradicional y consuetudinaria, no puede ser apelada ni recurrida por los afectados.
En total, el Tribunal lo forman ocho jueces que presiden las comunidades de regantes de las acequias de Tormos, Rascanya, Mestalla, Quart, Benáger-Faitanar, Favara, Mislata y Rovella.
Para convertirse en "juez" de este organismo es preciso, tal y como recogen algunas ordenanzas, ser "un honrado labrador de buena fama", bajo la condición expresa de que tenga una extensión mínima de tierra y que sea él mismo el que la trabaje.
Durante las sesiones, uno de los síndicos actúa de presidente y otro, el titular de la acequia donde se ha cometido el daño o infracción denunciados, de instructor.
Una vez todos ante el Tribunal, primero se expone el caso o se presenta al querellante para que relate el hecho y después, es el acusado quien debe defenderse.
A este "juicio", en el que antiguamente se daba el turno de palabra con el pie, se pueden presentar testigos y también solicitar que se acuda a ver la infracción, mientras que los síndicos pueden realizar todas las preguntas que crean convenientes para establecer su dictamen.
El trámite del proceso es verbal y no se escribe nada, ni tan siquiera la sentencia, aunque desde hace unos años existe un libro de registro en el que se anotan algunos datos como el nombre de la acequia, el del denunciado, el motivo y la fecha.
Una vez acabado el acto judicial, los síndicos se trasladan a la cercana Casa de Vestuarios, en la misma plaza de la Virgen, donde tratan asuntos de agua y examinan la situación del caudal del Turia, para decidir si se abren más o menos los tornos de las acequias.
Pese a algunas injerencias de diferentes monarcas a lo largo de su historia, la jurisdicción de este Tribunal se ha mantenido tras episodios tan importantes para la región como fuera la abolición de los "Furs" por parte de Felipe V en 1707 o la invasión francesa a principios del siglo XIX.
JA ERA HORA "COLLONS".
SALUDOS.............GIL
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